Sentencia de Unificación 2013-01143 de 2021: Personería de Medellín y Municipio de Medellín
En un reciente fallo del Consejo de Estado, se abordó una situación que toca de cerca a muchos trabajadores contratistas en Colombia. Esta es la historia de Gloria Luz Manco Quiroz, una mujer que decidió enfrentar a la Personería de Medellín y al Municipio de Medellín por la naturaleza de su contrato laboral.
Contexto de la Demanda
Gloria Luz Manco Quiroz, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presentó una demanda contra la Personería de Medellín y el Municipio de Medellín, así como contra el Instituto Tecnológico Metropolitano (ITM) de Medellín. La demandante alegaba que su contrato de prestación de servicios ocultaba una auténtica relación laboral.
El caso fue inicialmente asignado al despacho del consejero William Hernández Gómez. Sin embargo, debido a una derrota en la votación del proyecto de fallo, el caso fue transferido al consejero Rafael Francisco Suárez Vargas para su análisis y decisión.
Pretensiones de la Demandante
La principal pretensión de Gloria Luz Manco Quiroz era que se reconociera la verdadera naturaleza laboral de su vínculo con las entidades demandadas. Afirmaba que, a pesar de estar contratada bajo la figura de prestación de servicios, en realidad desempeñaba sus funciones bajo condiciones propias de una relación laboral, como horarios establecidos y dirección inmediata por parte de superiores.
Decisión del Consejo de Estado
La Sección Segunda del Consejo de Estado, mediante la sentencia de unificación de jurisprudencia con fecha del 9 de septiembre de 2021, decidió los recursos de apelación presentados tanto por la demandante como por la Personería de Medellín contra el fallo inicial del Tribunal Administrativo de Antioquia. Este tribunal había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda en su sentencia del 11 de diciembre de 2015.
En su decisión, el Consejo de Estado unificó varios aspectos jurisprudenciales cruciales para casos similares, destacando lo siguiente:
Contrato Estatal de Prestación de Servicios: Se reconoció que, cuando las condiciones contractuales de prestación de servicios encubren una verdadera relación laboral, debe prevalecer la realidad sobre las formas.
Solución de Continuidad: La sentencia estableció que no puede haber solución de continuidad entre contratos sucesivos si no han transcurrido más de treinta días hábiles entre uno y otro contrato, siempre y cuando se demuestre la existencia de una relación laboral continuada.
Devolución de Aportes a la Seguridad Social: Se ordenó la devolución de los mayores aportes efectuados por la demandante al sistema de Seguridad Social en salud, en la medida en que estos no le correspondían debido a su verdadera condición de trabajadora dependiente.
Esta sentencia de unificación tiene un alto impacto jurídico y social, pues establece criterios claros para identificar cuándo un contrato de prestación de servicios oculta una relación laboral, garantizando así la protección de los derechos de los trabajadores contratistas.
El caso de Gloria Luz Manco Quiroz es un ejemplo de cómo la justicia puede desenmascarar prácticas laborales engañosas y proteger los derechos de los trabajadores. La sentencia de unificación del Consejo de Estado no solo trajo justicia para la demandante, sino que también sentó un precedente importante para futuros casos similares.