No se encontró responsabilidad del Club El Nogal por el atentado de 2003
En mayo pasado, la Corte Constitucional emitió la Sentencia SU-029 de 2024, que anuló la decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Esta decisión había confirmado la responsabilidad civil solidaria entre el Club El Nogal y las FARC-EP por el atentado terrorista de 2003 en las instalaciones del club, y ordenó un nuevo fallo.
En cumplimiento de esta orden, el tribunal ordinario revisó nuevamente el recurso de casación presentado por el demandado contra la sentencia del 29 de agosto de 2014 de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Este proceso ordinario involucraba a María Clemencia del Socorro Hernández de Forero, Gustavo Adolfo, Juan Camilo y María Fernanda Forero Hernández contra la Corporación Club El Nogal.
El desacuerdo de los demandantes se basó en la supuesta culpa del club por no cumplir con su obligación de seguridad, que se consideró una obligación de resultado. Alegaron que hubo fallos en los filtros de ingreso y errores en la selección de socios, estableciendo así el nexo causal y argumentando que el atentado no podía ser clasificado como fuerza mayor o caso fortuito.
Según la sentencia revisada, aunque el Club El Nogal tenía una responsabilidad en cuanto a la seguridad, esta era una obligación de medio y no de resultado. Por lo tanto, no se podían exigir medidas desproporcionadas para proteger adecuadamente las actividades realizadas en sus instalaciones.
El fallo también destacó que los argumentos presentados por los apelantes no lograron refutar que el Club El Nogal había cumplido adecuadamente con sus deberes hacia los asociados y visitantes, conforme a sus fines culturales, sociales y deportivos.
Además, se subrayó la importancia del acto público de “verdad, perdón, reconciliación y reparación con las víctimas del atentado” realizado el 10 de febrero de 2018. En este acto, antiguos mandos y excombatientes de las FARC-EP admitieron la planificación y ejecución del atentado, como ya había sido establecido por la justicia penal. Esta admisión, reiterada el 7 de febrero de 2023 por Rodrigo Londoño (alias Timochenko), último comandante del grupo insurgente, valida la falta de responsabilidad del Club El Nogal en el atentado.
En resumen, las circunstancias y el reconocimiento del acto terrorista demuestran la ausencia de responsabilidad del Club El Nogal, y las aspiraciones indemnizatorias deben buscarse en otros contextos, según advirtió la Sala.