“RIESGOS LABORALES” ¿por qué debo identificar los “riesgos laborales” en mi empresa?
Riesgos Laborales. El empleador puede tener responsabilidad plena civil derivada de los accidentes o enfermedades de los trabajadores de su empresa, la culpa patronal o la responsabilidad civil en DERECHO LABORAL y sus relaciones, es una figura resarcitoria de daños a favor del trabajador , se encuentra en el artículo 16 del “código sustantivo del trabajo”, nos da a entender que cuando exista una culpa comprobada de la ocurrencia de un accidente que sufrió un trabajador o una enfermedad que padece un trabajador por culpa del empleador el mismo debe indemnizar todos los perjuicios que se han causado que se demuestren con pruebas igual que debe probarse la responsabilidad del empleador por omisión o acción.
Aquellos empleadores que nunca desarrollaron un sistema de gestión y seguridad en el trabajo y nunca lo implementaron dentro de su organización, para mitigar los “RIESGOS LABORALES” existentes en su organización, estarán más indefensos jurídicamente será más fácil para el trabajador demostrar ante un juez laboral que ese accidente ocurrió por culpa, negligencia accion u omisión del empleador.
La reparación del daño figura natural de responsabilidad civil, en materia laboral se denomina culpa patronal. tenga en cuenta como empleador, proteger muy bien a sus trabajadores no solo basta con suministrar los elementos de protección personal, tendrá que existir personal encargado de implementar desarrollar y verificar que efectivamente se cumpla el plan establecido en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
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