BONO PENSIONAL – Tipos – En Colombia existen 5 tipos de bono pensional, revisa el contenido hasta el final y conoce tu situación.
Tipo A
Le corresponde a todos los trabajadores, que se encontraban en el régimen de prima media con prestación definida, y posteriormente se trasladaron al régimen de ahorro individual con solidaridad. Es decir, este bono pensional le corresponde a todas las personas que estaban afiliadas en un fondo de pensiones público y se trasladaron a los fondos privados.
Respecto de la emisión tenemos que los tipos A serán expedidos por la última entidad pagadora de pensiones a la cual haya pertenecido el afiliado, antes del traslado al régimen de ahorro individual, siempre y cuando el tiempo de cotización o de servicios continuo o discontinuo haya sido igual o superior a 5 años
Cuando el tiempo en la última entidad pagadora de pensiones sea inferior a 5 años el bono pensional será expedido por la entidad pagadora de pensiones en la cual el afiliado haya efectuado el mayor número de aportes o haya cumplido el mayor tiempo de servicios.
Tipo B
Este bono le corresponde a todos esos servidores públicos que se trasladaron al instituto de los seguros sociales durante la entrada en vigencia del sistema general de pensiones, es decir, al primero de abril de 1994, para las entidades de orden nacional, y al primero de julio de 1995 para las entidades públicas de orden territorial.
Tipo c
Se reconoce a favor de la caja de previsión del congreso por aquellas personas que estando afiliadas al régimen de prima media con prestación definida, es decir, están afiliadas al seguro social, hoy Col pensiones se trasladaron o se afiliaron al congreso con posterioridad al 31 de marzo de 1994.
Tipo e
Se reconoce a Ecopetrol por aquellas personas que se encontraban afiliadas al régimen de prima media con prestación definida, es decir, al seguro social, hoy Col pensiones, y se trasladaron o se afiliaron a Ecopetrol.
Tipo t
Son aquellos que deben emitir las entidades públicas a favor del instituto de los seguros sociales, hoy administradora colombiana de pensiones Colpensiones o quien haga sus veces para cubrir el diferencial existente entre las condiciones previstas en los regímenes legales aplicables a los servidores públicos, antes de la entrada en vigencia del sistema general de pensiones y el régimen.
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