- ¡bono de pensión! ¿Puedo reclamarlo? Si te encuentras afiliado a un fondo privado y quieres saber en qué consiste y cómo reclamar el bono pensional te invito a leer este contenido hasta el final.
El día de hoy te hablaremos del bono pensional, la siguiente información es relevante solo para afiliados a fondos privados (RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL RAI).
¿Qué es el bono pensional?
El bono pensional es un dinero que hará parte del capital en un fondo privado de pensiones, corresponde a los aportes realizados al antiguo Seguro Social, ahora Col pensiones o una caja de previsión o a cualquier fondo público de pensiones. Para acceder a esta garantía, se hace necesario haber realizado previamente al traslado al fondo privado, un aporte como mínimo 150 semanas, es decir, 3 años.
¿Quién emite el bono pensional?
La entidad encargada de emitir el bono pensional es la misma (fondo público), ante la cual realizó los últimos aportes por concepto de pensión, antes de realizar el traslado al fondo privado.
¡Las entidades que están obligadas a emitir el bono pensional son!
- La nación
- Col pensiones
- y empleadores que reconocían directamente la pensión de jubilación a sus trabajadores
¿En qué momento se hace efectivo el bono pensional?
-> puede suceder de dos maneras:
- De manera anticipada: sucede cuando el afiliado queda inválido, fallece, o también se redime de manera anticipada cuando el afiliado solicita la evolución de sus aportes, es decir, cuando solicita la devolución de saldos.
- o puede ser de una manera normal: es cuando el afiliado si es mujer cumple los 60 años de edad y si es hombre cumple los 62 años de edad.
¡Pero puede suceder lo siguiente!
Imaginemos que un trabajador de nombre x – tiene en su cuenta de ahorro individual (fondo privado) 200 millones de pesos, sin contar el bono pensional de Col pensiones, – tiene 55 años, y ya no quiere seguir trabajando.
En esta hipótesis el trabajador puede optar por pensionarse por anticipado, y a la hora de reconocerse la pensión, le van a proyectar su mesada pensional con base en lo que tenga en su cuenta ahorro individual, legalmente no le pueden incluir los millones de pesos que tiene por concepto de bono pensional, si tuviera derecho a ello, debido a que no cumple con el requisito de edad.
Siguiendo el hilo del ejemplo, también podría solicitar que haya una negociación de ese bono pensional, para que se lo rediman anticipadamente, en consecuencia, ya no va a recibir la totalidad del mencionado bono, por el contrario, le van a redimir un valor mucho menor.
¿Si tengo 60 años y no cumplo los demás requisitos para pensionarme, me devuelven el bono pensional?
Sí, siempre y cuando cumplas con los siguientes requisitos, mismos para acceder a la devolución de saldos
¿Cuáles son estos requisitos?
- Tener la edad para pensionarse
es decir, si eres mujer debes tener 57 años si eres hombre debes tener 62 años
- No puedes tener más de 1150 semanas
- No TIENES el capital suficiente para poder de pensionar
Entre unos 250 y 260 millones de pesos
Sí requieres los servicios de asesoría jurídica consultiva sobre el tema desarrollado y su trámite, escríbenos, estaremos atentos a tus inquietudes